Consultoría jurídica y de seguros
inicio 20 / 04 / 2024

Jurídico

Un Jurado declara por unanimidad culpable de asesinato con alevosía y agravante de parentesco a José Bretón.

La mediatez del caso ha vuelto a sacar a la institución del Tribunal del Jurado a la palestra.

UN JURADO POPULAR DECLARA POR UNANIMIDAD CULPABLE DE ASESINATO CON ALEVOSIA Y AGRAVANTE DE PARENTESCO A JOSE BRETON.

El jurado es una figura procesal  clásica del sistema anglosajón , a través de la cual los ciudadanos participan en la administración de justicia. Hay que destacar que, si bien el jurado decide con su veredicto, es la ley la que impone las penas, el juez quien realiza la observancia de los cauces del proceso y quien determina si se admite a trámite la demanda, y la Fiscalía quien determina el contenido de la misma. Existe una corresponsabilidad entre los ciudadanos jurados legos en Derecho que valoran lo sucedido en el proceso y emiten un veredicto de inocencia o culpabilidad, y el juez profesional que precisa el contenido concreto de la sentencia.

El Tribunal del Jurado funciona en España desde la Ley del Jurado de 1995, aunque ya se contemplaba en el artículo 125 de la Constitución de 1978. Esta Ley fue modificada por la Ley Orgánica 8/1995, de 16 de noviembre, desarrolla dicha institución, definiendo en su artículo 6 la función de jurado como un derecho ejercitable por aquellos en los que no concurra motivo que lo impida y su desempeño como un deber para quienes no estén incursos en causa de incompatibilidad o prohibición ni puedan excusarse conforme a dicha Ley. Está formado por nueve ciudadanos que se eligen del censo electoral. La selección se hace multiplicando por 50 el número de causas que vaya a conocer el Tribunal, en función de los procesos de años anteriores. En la actualidad, el número de procedimientos anuales con jurado popular se ha estabilizado en alrededor de 600 al año, según cifras del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los únicos requisitos para formar parte del mismo son ser español, mayor de edad, saber leer y escribir y no padecer ninguna incapacidad física o psíquica que impida el desarrollo de esta función.

El Tribunal del Jurado y el caso Bretón

Un tribunal popular ha dictaminado por unanimidad que José Bretón es culpable de un doble delito de asesinato con alevosía con la agravante de parentesco. Los pequeños Ruth y José, de seis y dos años, fueron asesinados, según el jurado por su padre, que los quemó en una hoguera en la finca familiar de Las Quemadillas la tarde del 8 de octubre de 2011. La Fiscalía y la acusación particular piden 40 años de cárcel, la pena máxima establecida, por doble asesinato. La defensa solicitaba su absolución y ya ha anunciado que recurrirá porque los indicios son débiles. La pregunta que todavía queda en el aire es: ¿podría darse por inválido el veredicto?

El abogado del acusado, José María Sánchez de Puerta, advirtió nada más hacerse pública la sentencia que la recurrirá. Primero, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, si falla en contra de su cliente, presentará el recurso ante el Tribunal Supremo. El letrado se agarra a tres aspectos:

  • Ausencia de prueba directa, que no se ha constatado la causa de muerte de los niños

  • Su convencimiento de que se rompió la custodia  de la prueba, en éste caso, de los huesos de Las Quemadillas.

  • El veredicto mediante Tribunal del Jurado.

La defensa de José Bretón puede recurrir la sentencia en la Sala Segunda del Tribunal Supremo y, si se ha violado algún derecho constitucional, recurrir al derecho de amparo para anular el veredicto dictado este viernes por el jurado popular. Sin embargo parece inviable que la resolución del tribunal popular se invalide, destacando todos los expertos que los nueve miembros del jurado: “Han hecho un trabajo excelente”.

En un juicio tan mediático como éste se ha traído a debate la institución del jurado popular. En general, los juristas son contrarios a que un jurado popular decida si un acusado debe ser condenado, por simple “sentido común”. ¿Han podido evaluar y alejarse de la presión social y mediática que rodea el caso? ¿Pueden mantener la mente fría y evaluar las pruebas, sin ser expertos en leyes? Se debate el riesgo está en la utilización que hacen los medios de comunicación y en la existencia de juicios paralelos.

Según los expertos, existen dos inconvenientes a la hora de elegir a un jurado popular: su falta de conocimientos jurídicos y la manipulación previa que pueden sufrir previamente los miembros del Tribunal. Otro problema es la sobreexposición del jurado a los medios, como ha ocurrido en este caso. Para algunos juristas, lo mejor hubiera sido que un juez ordinario, “que es el que verdaderamente conoce la ley y sabe cómo aplicarla”.

Sea a favor, sea en contra, de la figura del Tribunal del Jurado, nadie duda de la gran labor que han realizado y de que han vuelto a sacar a la institución, reflejada ya en nuestra Carta Magna, a la palestra.


 

0 comentarios compartir:


Usuario: :
Avd. Juan XXIII, nº 42 2º    |    986 731 286    |    690 617 187    |    info@foro-lex.com    |    aviso legal
GDR O Salnés