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inicio 20 / 04 / 2024

Jurídico

El T.S. condena a Del Nido y a Muñoz a 7 años de prisión por malversación y prevaricación en el caso 'Minutas'

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a José María del Nido, abogado y presidente del Sevilla F.C. en el momento de dictarse la sentencia, y a Julián Muñoz, ex alcalde de Marbella, por los delitos prevaricación y malversación de fondos públicos de ese Ayuntamiento.

El Alto Tribunal absuelve a todos los acusados del delito de fraude, ya que es un delito intermedio del delito de malversación de caudales públicos, por el que son condenados los acusados.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga consideró probado que el ex alcalde de Marbella, Julián Muñoz, y José María Del Nido idearon una trama para desviar 2,86 millones de euros del consistorio con objeto de enriquecerse personalmente.

La mecánica del desvío de dinero público consistió en que el Ayuntamiento de Marbella pagaba minutas al abogado del Nido por trabajos jurídicos innecesarios. Del Nido cobró entre 1999 y 2003 un total de 2,86 millones por este procedimiento, a través de 79 minutas de las cuales sólo dos resultaron reales.

 

Diez condenados

El Tribunal Supremo confirma en su sentencia la condena a Del Nido como cooperador necesario de un delito cualificado de malversación de caudales públicos, por lo que le impone siete años de cárcel.

También confirma su condena como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación, con la concurrencia de la atenuante de no poseer carácter público a la pena de cinco años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

El Alto Tribunal admite parcialmente el recurso de Del Nido en cuanto a que como cooperador necesario para el delito de malversación, no se le puede volver a condenar por fraude porque los hechos son los mismos.

La relación en la que se encuentran el tipo penal de fraude y el de malversación es una relación de progresión cuantitativa, de modo que el delito de fraude es un delito intermedio del delito de malversación de caudales públicos.

El Tribunal Supremo opta  por condenar al abogado por el precepto penal más amplio o complejo para absorber a los que castiguen las infracciones consumidas en aquel.

El Alto Tribunal procede de igual forma con Julián Muñoz: confirma su condena por malversación a siete años y 10 años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación de caudales públicos en su modalidad cualificada. También lo condena por prevaricación a la pena de inhabilitación para el empleo o cargo público por 8 años y 6 meses.

El Tribunal Supremo confirma, por otro lado, las condenas del exasesor de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella Juan Antonio Roca, al que se le impusieron cuatro años de prisión por fraude y malversación de caudales públicos; y de la exmujer de Del Nido, Ángeles Carrasco, condenada a dos años de cárcel y seis de inhabilitación, por fraude en concurso con malversación.

Respecto al resto de los acusados, el Supremo condena a Modesto Francisco Perodia Cruz-Condecomo autor responsable de un delito cualificado de malversación de caudales públicos a la pena de 5 años de prisión y 6 años de inhabilitación absoluta, y como autor de un delito continuado de prevaricación, a la pena de 8 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

El Alto Tribunal mantiene la condena por malversación de caudales públicos a Víctor Cohen Zerón y a Alfredo Chica Vera.

Por su parte, el TS confirma la condena a Manuel Vázquez Cuesta como cómplice de un delito de malversación a la pena de un año de prisión. Y, por último, condena a Leopoldo Barrantes Conde como autor responsable de un delito de falsedad en documento oficial, cometido por imprudencia grave a la pena de 6 meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros y suspensión de empleo o cargo público por 6 meses y al pago de las costas que procedan.

Respecto a Esteban Guzmán Lanzat se le condena como autor responsable de un delito cualificado de malversación de caudales públicos a la pena de 4 años y 8 meses de prisión y 10 años  de inhabilitación absoluta. Y como autor responsable de un delito continuado de prevaricación a la pena de 8 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Se adjunta la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo número 841/2013 fechada el 18 de noviembre. Ha tenido como ponente al magistrado José Ramón Soriano en el recurso de casación número 1075/2012.


SENTENCIA

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