Consultoría jurídica y de seguros
inicioServicios legales • Derecho penal 19 / 04 / 2024

Derecho penal


I Denuncia


¿Quien esta obligado a presentar una denuncia?

El que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez de instrucción, de paz, comarcal o municipal o...


II Querella

¿Quien puede querellarse?

Todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse, ejercitando la acción popular.
También pueden querellarse los extranjeros por los delitos cometidos contra sus personas o bienes o las personas o bienes de sus representados, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley de Enjuiciamiento crimianl, si no estuvieren comprendidos en el...


III Juicio rápido


Información de juicios rápidos


IV Del procedimiento por delitos de injuria y calumnia contra particular

  1. ADMISIÓN:

No se admitirá querella por injuria o calumnia inferidas a particulares si no se presenta certificación de haber celebrado el querellante acto de conciliación con el querellado, o de haberlo intentado sin efecto.

Si la querella fuere por injuria o calumnia vertidas en juicio, será necesario acreditar, además, la...


V Habeas Corpus



       Mediante el procedimiento del «Habeas Corpus», se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente.



VI Del procedimiento abreviado

Información del procedimiento abreviado


VII Procedimiento ordinario

Información del procedimiento ordinario


VIII Del procedimiento para el juicio sobre faltas


Cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de falta tipificada en el artículo 617, en el artículo 623.1 cuando sea flagrante o en el artículo 620 del Código Penal, siempre que en este...


Avd. Juan XXIII, nº 42 2º    |    986 731 286    |    690 617 187    |    info@foro-lex.com    |    aviso legal
GDR O Salnés